Pedro Sánchez, al borde de la ilegalidad justo antes de las elecciones

El presidente actúa muy cerca de la línea que separa lo legal de lo ilegal aprobando decretazos para buscar una significativa ventaja electoral

03 de Marzo de 2019
Pedro Sánchez, al borde de la ilegalidad justo antes de las elecciones
Pedro Sánchez, al borde de la ilegalidad justo antes de las elecciones

"Manipulación burda" y "menosprecio al Parlamento", así calificaba Pedro Sánchez en noviembre de 2015 la utilización por parte del Gobierno del PP de la figura del decreto ley. (¡¡Pedro Sánchez financió las primarias del PSOE con 100.000 euros ilegales!!)

Y él se comprometía a devolver al Parlamento la "centralidad que merece" limitando el uso de esta figura, prevista para circunstancias urgentes y excepcionales, a aquellas situaciones "indicadas para ello". Así, argumentaba el entonces candidato a la Presidencia, se pondría fin a una práctica que "hurtaba a las Cortes Generales su función".

Pero actualmente, en marzo de 2019 y con unas elecciones generales a la vuelta de la esquina, el discurso de Sánchez ha dado un giro de 180 grados. 

El Consejo de Ministros se dispone a remitir a la Diputación Permanente del Congreso, los máximos decretos ley posibles teniendo en cuenta las posibilidades de contar con votos suficientes para ser aprobados sin enmienda. (Pedro Sánchez, el 'bailón'… ¡Mira cómo se mueve al ritmo de Bella Ciao!)

El Ejecutivo dice estar dentro de la "normalidad"

El Ejecutivo argumenta estar dentro de la "normalidad" y "en su derecho" de aprobar decretos ley tras la convocatoria de elecciones, basándose en que otros gobiernos lo han hecho con anterioridad y recurriendo al artículo 57 del Reglamento del Congreso, según el cual "corresponde a la Diputación Permanente velar por los poderes de la Cámara cuando ésta no está reunida y, además, en los casos de disolución o expiración del mandato del Congreso de los Diputados, asumir todas las facultades que en relación con los decretos ley atribuye al Congreso el artículo 86 de la Constitución".

Los juristas, dudosos

Los juristas consultados mantienen sus dudas en relación a la interpretación excesivamente laxa que tiene previsto llevar a cabo el Gobierno de esta práctica. (¡¡El golazo en el descuento que Casado quiere meterle a Pedro Sánchez!!)

Recuerdan en este punto el artículo 50 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral que en sus apartados 2 y 3 precisa que "desde la convocatoria de las elecciones [el próximo martes] y hasta la celebración de las mismas [el 28 de abril] queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos (...)"

"Asimismo, durante el mismo período queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo".

El objetivo de dicho artículo es impedir el ventajismo electoral que puede ejercerse por parte de quienes controlan el Estado y gestionan sus recursos.

Y en este caso, el control que aún tienen Pedro Sánchez y compañía podría beneficiarles de cara a las urnas, aunque estén rozando el límite de la ilegalidad. (¡¡Salvado por la campana!! ¡La tesis de Pedro Sánchez no será investigada!)