¡¡Se acabó!! Pasapalabra pasa a mejor vida: Por qué desaparece

Mediaset acata la decisión del Supremo y emitió ayer el último programa de 'Pasapalabra' en Telecinco

02 de Octubre de 2019
¡¡Se acabó!! Pasapalabra pasa a mejor vida: Por qué desaparece
¡¡Se acabó!! Pasapalabra pasa a mejor vida: Por qué desaparece

Mediaset España ha acatado la sentencia del Tribunal Supremo (TS) y emitió ayer 1 de octubre el último programa de 'Pasapalabra', el espacio presentado por Christian Gálvez en Telecinco.

"Tras recibir esta misma tarde la sentencia del Tribunal Supremo sobre Pasapalabra, Mediaset España comunica su respeto por dicha decisión y su propósito de acatarla de forma inmediata", ha informado el grupo de comunicación en un comunicado publicado en Twitter.

Asimismo, la compañía ha explicado que, "salvo que no se llegase previamente a un acuerdo" con la productora británica ITV, "hoy será el último día de emisión del programa Pasapalabra". Es decir, Pasapalabra desaparece hoy de la parrilla de programación de Telecinco.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Mediaset España contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid sobre el contrato suscrito con la productora ITV, en relación con los derechos de emisión de 'Pasapalabra'. (Denuncian tongo en Pasapalabra)

El TS ha avalado el fallo de la Audiencia Provincial que, a su vez, confirmó el del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid en su condena a Telecinco a "cesar inmediatamente" la emisión del formato, quedando además prohibido "reanudar en el futuro, la emisión, edición, producción, reproducción, comunicación pública, distribución, transformación y toda y cualquier otra forma explotación, por sí o a través de terceros, del programa 'Pasapalabra', así como de cualquier otro programa de televisión que tenga un formato idéntico o similar al del programa 'Pasapalabra' o que tenga la denominación 'Pasapalabra'".

La sentencia del Alto Tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá Jimena, no se pronuncia en relación con el cese de las emisiones del programa en Telecinco dado que ya rechazó la mayor parte del recurso de casación presentado por Mediaset España y, por tanto, se confirma el fallo de la Audiencia de Madrid que avaló el fallo del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid.

El origen del conflicto

Este problema se remonta a 2007, cuando el programa pasó de Antena3 y Telecinco y Mediaset se negó a continuar con el contrato con el grupo británico, verdadero productor del tipo de programa y dueño de los derechos de explotación y emisión. Mediaset alegó que muchas de las pruebas del programa y el propio nombre de este no era propiedad de ITV Global Entertainment. En el año 2016, tras una larga época de juicios, la Audiencia Provincial le dio la razón a la compañía inglesa y estableció que Telecinco debía de dejar de emitir 'Pasapalabra', además de indemnizar a la productora con 1,5 millones de euros.

El 22 de diciembre de 2010, Mediaset interpuso una demanda contra ITV para que se declarase la nulidad de los denominados 'Heads of Agreement' o principios de acuerdo suscritos entre ambas partes, cuyo objeto fundamental lo constituía la licencia por parte de ITV a Mediaset de los derechos de producción y emisión en España de 'Pasapalabra'. Entonces, alegó que incurrió en un error esencial al suscribir esos acuerdos porque ITV no era titular de los derechos. (Así se llevó Fran el bote de 1'5 millones de euros de Pasapalabra)

Por su parte, ITV se opuso a la demanda y alegó que Mediaset había incumplido los acuerdos cuya nulidad pretendía, por lo que solicitó que se declararan resueltos y se le indemnizaran los daños y perjuicios. Además, alegó que la producción y emisión del programa por Telecinco durante varios años infringió los derechos de propiedad intelectual que ITV tenía sobre el formato y el título de ese programa, por lo que ejercitó acciones de cesación, prohibición, remoción e indemnización.

El Juzgado Mercantil número 6 de Madrid desestimó plenamente la demanda de Mediaset y estimó en parte la de ITV, declarando que Mediaset había incumplido los acuerdos con ITV y que el uso del formato y del título constituía una vulneración de los derechos que ITV ostentaba sobre uno y otro.

Por todo ello, el juzgado condenó a Mediaset a cesar en su conducta, con prohibición de reanudarla en el futuro, y a remover sus efectos. También condenó a Mediaset a indemnizar a ITV en diversas cantidades por el incumplimiento de los acuerdos suscritos y "a indemnizar a ITV por las consecuencias económicas negativas derivadas de las ganancias obtenidas por la demandada como consecuencia del uso del formato y título de la obra 'Pasapalabra' y productos de merchandising del programa en los que se consigne la denominación 'Pasapalabra', desde el día 1 de agosto de 2012".

Ambas partes recurrieron ante la Audiencia Provincial y ésta estimó parcialmente el recurso de Mediaset y revocó varios pronunciamientos del Juzgado de lo Mercantil relativo a indemnizaciones a pagar y, a su vez, estimó parte del recurso de ITV sobre el periodo para calcular las cuantías. Además, mantuvo el resto de pronunciamientos. (Andrea Levy se lanza a por el bote de Pasapalabra)

El Supremo ha dictaminado ahora en su sentencia que "la utilización del criterio indemnizatorio de los beneficios obtenidos por el infractor --Mediaset-- es procedente aunque el titular de los derechos infringidos no explote directamente el formato televisivo objeto de la infracción". El alto tribunal ha sentenciado que Mediaset debe pagar a la británica los beneficios que le ha proporcionado desde 2012.